Av Panorámica 4391, Sector Aeroparque, La Serena | contacto@reas.cl | +56 (51) 227 9178      +56 (9) 7108 4255 | EN

Nueva Ley de Convivencia Vial

Logo Anfibio Eventos Deportivos copy 2 copy 3

NUEVA LEY DE CONVIVENCIA VIAL

El 30 de abril se promulgó la Modificación a la Ley de Tránsito, mas conocida como Ley de Convivencia Vial, cuyo objeto es incorporar disposiciones sobre la convivencia de los distintos medios de transporte en Chile. La Ley entrará en vigencia el 11 de noviembre de 2018 y hay temas básicos que debes tener muy claros.

Primero debes tener claro que la el Código Civil Chileno establece que una Ley una vez es publicada se entenderá conocida por todos y ante alguna infracción nadie puede alegar ignorancia, después que ésta haya entrado en vigencia.

Por lo anterior, como bikers queremos que consideres algunas aspectos BASICOS que vemos son importantes.

 

¿La bicicleta entra en esta modificación?

Primero, señalamos que esta modificación de la ley de transito aplica a todos los vehículos que circulan por las calles del País. Y para nuestro interés define como CICLO a todo vehículo de una o mas ruedas impulsado por una o mas personas; aquí entran las bicicletas y triciclos, incluso aquellos eléctricos que cuenten con potencia nominal de 0,25 kW la cual se reduzca o interrumpa a los 25 km/h.

 

¿Puedo andar en bicicleta en la Acera?

No, no puedes, estás obligado a transitar por las ciclovías y si no las hay deberás transitar por la pista derecha de la Calzada (o por el costado izquierdo de la pista izquierda si existieran vías exclusivas para buses). Pero si hay excepciones super importantes, aun que debe siempre respetar la preferencia del peatón y de vehículos que ingresen o salgan de alguna casa, edificio, etc.

  • Si tienes menos de 14 años o si eres adulto mayor (la ley no señala desde qué edad).
  • Si circulas acompañando a tus hijos de menos de 7 años.
  • Si estás en situación de discapacidad.
  • Si las condiciones climáticas hacen que sea muy riesgoso circular por la ciclovía o por la calzada.

Revisa el artículo 222 para complementar.

 

¿Puedo utilizar audífonos?

No está estrictamente prohibido. Sin embargo el artículo 223 en su punto a) señala que debes conducir atento a las condiciones del tránsito sin utilizar elementos que dificulten tus sentidos de visión y audición. De todas formas, nosotros NO recomendamos usarlos.

 

¿Casco?

Si. Está definida la obligación de usar implementos de seguridad. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictará un reglamento referido a condiciones de gestión y seguridad en ciclovías y asimismo definirá las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad de los ocupantes de los Ciclos tales como casco, elementos reflectantes, frenos, luces y otros accesorios de seguridad de los ciclos.

 

¿Adelantamiento a 1,5 metros?

Si. Todo vehículo motorizado que adelante o sobrepase a bicicletas u otros ciclos, deberá mantener una distancia prudente respecto al ciclo de aproximadamente 1,50 metros, durante toda la maniobra.

 

Respeto Ciclista

 

 

Bueno, eso son solo algunos puntos importantes, así que te invitamos a revisar la Ley AQUÍpara que estés al día con la implementación.

Ciclovia